EL CAMBIO DE ASESORÍA

EL CAMBIO DE ASESORÍA

En estos días, si eres emprendedor, además de ser una persona cargada de energía y motivación “extra”, es fundamental contar con la ayuda de profesionales a los que puedas confiar el asesoramiento y la gestión fiscal, contable, y laboral de tu negocio. Profesionales que, además de adaptarse a las necesidades de tu negocio e implicarse en generar un máximo ahorro fiscal y laboral para tus clientes, te aporten la certeza de conocer cada cambio legislativo y tributario que te pueda afectar. Te vamos a ayudar a conseguirlo.

En BAITERRA ASESORES somos conscientes de las necesidades de los emprendedores y escuchamos activamente a nuestros clientes para brindarles el mejor servicio cada día.

Hoy más que nunca, la importancia de ir de la mano y contar con el asesoramiento de una buena asesoría es indiscutible.

Si te has decidido a cambiar de asesoría, con nuestra ayuda será un trámite sencillo y rápido.

Así, podrás olvidarte del papeleo y la burocracia dejándolo en manos de expertos, y podrás dedicarte a lo que realmente importa, tu negocio.

No lo dudes y empieza un nuevo año fiscal en tu nueva asesoría. En BAITERRA ASESORES contamos con más de 10 años de experiencia ayudando a emprendedores, y te proporciona las mejores condiciones.

En este artículo te explicamos todo lo que debes tener en cuenta para realizar el cambio de forma satisfactoria:

  1. Todo lo que necesitas saber para cambiar de asesoría
  2. El mejor momento para realizar el cambio
  3. ¿Qué información va a necesitar mi nuevo asesor?

1. Todo lo que necesitas saber para cambiar de asesoría

Llevar a cabo un cambio de asesor puede parecer tedioso y generar intranquilidad sobre cómo transferir información y documentación tan importante sin ningún riesgo.

¿Qué trámites tengo que realizar para ejecutar el cambio?

¿Cuál es el mejor momento para hacerlo?

¿Qué factores debo valorar a la hora de elegir mi nueva asesoría?

Son algunas de las preguntas más frecuentes que pueden surgir.

Quiero cambiar de asesoría

2. El mejor momento para realizar el cambio 

Podrás realizar el cambio en cualquier momento, siendo el primer paso avisar a tu asesoría actual y verificar que no tienes compromiso de permanencia con ellos, así como el contenido de las cláusulas de rescisión del contrato que tengáis firmado. 

Sin embargo, siempre hay determinados momentos en el año en los que los trámites fiscales están “cerrados” coincidiendo con el cierre de períodos (trimestrales o anuales), simplificando así toda la transición que conlleva cambiar de asesoría.

Nosotros lo tenemos claro, lo mejor es que tu nueva asesoría comience el año realizando la gestión fiscal, laboral y contable de tu negocio.

Por otra parte, será muy importante fijar las responsabilidades de cada uno en cualquier tema pendiente o proceso abierto relacionado con tu contabilidad e impuestos (despidos, expedientes administrativos, solicitudes de aplazamiento, etc…).

Además, debes tener en cuenta que tu anterior asesoría, con independencia de tener un compromiso de permanencia, tiene la obligación de facilitarte todos tus datos y garantizar el acceso a tus trámites en todo momento.

3. ¿Qué información va a necesitar mi nuevo asesor?

La información que va a necesitar tu nuevo asesor variará en función del momento del año en que quieras llevar a cabo el cambio de asesoría.

No obstante, es aconsejable que sea él mismo quien te oriente en todo momento y te detalle la documentación que tienes que solicitarle a tu antigua asesoría según las características de tu negocio y la situación en la que se encuentre en el momento del cambio. 

En cualquier caso, tu antigua asesoría deberá facilitarte como mínimo la siguiente documentación de los últimos 5 años:

  • Declaraciones censales (modelo 036 o modelo 037)
  • Declaraciones de IVA trimestrales y resúmenes anuales presentados.
  • Declaraciones de IRPF (pagos fraccionados realizados, declaraciones de la renta, modelos 111 y 190, en caso de haber practicado retenciones a trabajadores o profesionales, modelo 115 y 180, en caso de haber alquilado locales de negocio sujetos a retención).
  • Declaración anual de operaciones con terceras personas (MODELO 347).
  • Libros de registro de facturas, así como balances y libro diario en el caso de pymes.
  • Escrituras, contratos, nóminas, seguros sociales de trabajadores…
  • Cuentas anuales del Registro Mercantil.
  • Impuesto sobre sociedades(modelo 200).
  • Así como la copia de cualquier impuesto presentado.

Toda información adicional que ayude a entender mejor tu empresa propiciará un asesoramiento de mayor calidad y una minimización de posibles errores. 

No estará de más que tu nueva asesoría realice una pequeña auditoría del trabajo realizado hasta el momento.

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